A continuación daremos respuesta a las principales interrogantes relacionadas con tu empresa, que pudiera usted poseer sobre esta institución, según la ley que lo regula.
¿Qué es el INPSASEL?
Según los Art.17 y 18 de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo. El Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), es el órgano de fiscalización, sanción y estímulo para el cumplimiento de la LOPCYMAT a nivel nacional. Es un Instituto autónomo, con personalidad jurídica propia, adscrito al Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y la Seguridad Social. El INPSASEL es un Instituto que inspecciona, supervisa, orienta y sanciona (si hay violación de la normativa) a las empresas, instituciones, patrones y trabajadores.
¿Cuáles son las Competencias de INPSASEL? El Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL) Tiene las siguientes competencias:
- Ejecutar la Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.
- Aprobar guías técnicas de prevención, que operarán como recomendaciones y orientaciones para facilitar el cumplimiento de las normas de seguridad y salud en el trabajo.
- Ejercer las funciones de inspección de condiciones de seguridad y salud en el trabajo, estableciendo los ordenamientos y plazos de cumplimiento en caso de violación de la normativa vigente.
- Asesorar a trabajadores y empleadores y empleadoras, en materia de prevención, seguridad y salud laborales.
- Revisar y actualizar periódicamente la lista de enfermedades ocupacionales.
- Investigar los accidentes y las enfermedades ocupacionales, estableciendo las metodologías necesarias para ser aplicadas y realizando los ordenamientos correspondientes.
- Registrar y acreditar los Comités de Seguridad y Salud Laboral, los Servicios de Seguridad y Salud en el Trabajo, personas naturales y jurídicas que presten servicios o realicen actividades de consultoría y asesoría en el área de seguridad y salud en el trabajo, y supervisar su funcionamiento.
Uno de los aspectos más importantes para cualquier empresario y uno de los primeros pasos para estar al día con INPSASEL, es la elección de los delegados de prevención.
¿Quién es un Delegado de Prevención?
Según el Art. 49 del Reglamento de la LOPCYMAT indica que:
Es todo Trabajador(a) electo mediante mecanismos democráticos, en su centro de trabajo, por los trabajadores, que actúa como representante en el comité de seguridad y salud laboral de su respectivo centro.
Podrán ser elegidos Delegados de Prevención, las personas con catorce (14) o más años de edad. No podrá discriminarse a los trabajadores por su condición de empleados u obrero, o por el tipo de contrato celebrado con estos, ya sea por tiempo determinado o por tiempo indeterminado o de aprendiz.
De acuerdo al art. 57 del Reglamento de la LOPCYMAT, no podrán ser electos delegados de prevención:
1. Representantes del patrón
2. Empleados de dirección
3. Trabajadores de confianza
4. Las personas que tengan vínculos por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado ascendente o colateral con el patrono
5. El amigo íntimo del patrono
6. La persona que mantenga la amistad manifiesta con el patrono.
Según indica la ley y su reglamento, la cantidad de delegados de prevención elegidos y representantes del padrón será de acuerdo al número de trabajadores y de manera paritaria. Hasta 10 trabajadores deberán existir 2, desde 11 hasta 50 trabajadores 4, desde 51 hasta 250 trabajadores deberán ser 6 y después de 251 trabajadores se le sumarán 2 a cada 250 trabajadores adicionales que posea la empresa.
¿Cuáles son las atribuciones del delegado de prevención?
Según el art. 42 de la LOPCYMAT y Art. 50 del Reglamento de la Ley
- Constituir con los empleadores el comité de seguridad y salud laboral.
- Recibir las denuncias relativas a las condiciones y medio ambiente de trabajo.
- Participar con el empleador en la mejora de la acción preventiva y de promoción de salud y seguridad.
- Fomentar la cooperación de los trabajadores en la ejecución de la normativa sobre condiciones y medioambiente de trabajo.
- Coordinar las acciones de defensa, control y medioambiente de trabajo.
- Coordinar las acciones de defensa, promoción, control y vigilancia de seguridad y salud en el trabajo.
¿Qué es el Comité de Seguridad y Salud Laboral?
Artículo 46. En todo centro de trabajo, establecimiento o unidad de explotación de las diferentes empresas o de instituciones públicas o privadas, debe constituirse un Comité de Seguridad y Salud Laboral, órgano paritario y colegiado de participación destinado a la consulta regular y periódica de las políticas, programas y actuaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo. El Comité estará conformado por los delegados o delegadas de prevención, de una parte y por el empleador e empleadora, o sus representantes en número igual al de los delegados o delegadas de prevención, de la otra. El Comité de Seguridad y Salud Laboral debe registrarse y presentar informes periódicos de sus actividades ante el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales. En las reuniones del Comité de Seguridad y Salud Laboral podrán participar, con Voz pero sin voto, los delegados o delegadas sindicales y el personal adscrito al Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo. En las mismas condiciones podrán Participar trabajadores o trabajadoras de la empresa que cuenten con una especial Cualificación o información respecto de concretas cuestiones que se debatan en Este órgano y profesionales y asesores o asesoras en el área de la seguridad y Salud en el trabajo, ajenos a la empresa, siempre que así lo solicite alguna de las Representaciones en el Comité.
Como se puede observar, El INPSASEL es una institución sumamente importante para prevenir las enfermedades y los accidentes laborales. Si deseas seguir conociendo todo lo vinculado a INPSASEL te ofrecemos este enlace a la ley que lo regula LOPCYMAT y recuerda que. En Fumigación Universal, estamos dispuestos a ayudarte!.